DOI 10.35381/noesisin.v7i1.373
La vulneración del derecho al debido proceso en destitución administrativa de autoridades por Contraloría
Violation of the right to due process in the administrative dismissal of authorities by the Comptroller's Office
Henry Fredy Moreno-Guerrero
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0009-0008-3057-0481
Iruma Alfonso-Gonzáles
ua.irumaalfonso@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6866-4944
Recibido: 15 de abril 2025
Revisado: 15 de mayo 2025
Aprobado: 15 de julio 2025
Publicado: 01 de agosto 2025
Descriptores: Debido proceso; destitución administrativa; derechos políticos; Contraloría General del Estado (Tesauro UNESCO).
Descriptors: Due process; administrative dismissal; political rights; Comptroller General of the State. (UNESCO Thesaurus).
El derecho al debido proceso constituye un pilar esencial en los Estados democráticos y de derecho, pues garantiza que toda actuación de la administración pública y del poder judicial se realice conforme a principios de justicia, legalidad y competencia. Este derecho incluye la obligación de que las decisiones que afecten derechos u obligaciones de las personas sean adoptadas por una autoridad legítimamente investida, en el marco de un procedimiento que asegure las garantías básicas (Constitución de la República del Ecuador, 2008).
Aunque tradicionalmente el debido proceso se asoció al ámbito penal, su aplicación se ha extendido progresivamente a los procedimientos administrativos, en virtud de que estos también pueden generar efectos trascendentales sobre los derechos de los ciudadanos (Oyarte, 2016). En particular, las sanciones administrativas, cuando implican la destitución de autoridades electas, adquieren un carácter especialmente delicado, dado que afectan no solo a la persona sancionada, sino también al derecho colectivo de los electores a decidir quién los representa.
Desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos, los derechos políticos como el de elegir y ser elegido forman parte integral de los derechos humanos fundamentales (Cobo, 1993; Díaz, 1971). La convención americana sobre Derechos Humanos establece en su artículo 23 que toda restricción al ejercicio de estos derechos, debe cumplir parámetros de legalidad, proporcionalidad y, en especial, debe provenir de un juez competente.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha desarrollado este criterio en varios precedentes, entre los cuales destacan el Caso Yatama vs. Nicaragua (2005), el Caso López Mendoza vs. Venezuela (2011) y el Caso Petro Urrego vs. Colombia (2020), en los que advirtió que los órganos administrativos carecen de competencia para imponer destituciones a autoridades electas por voto popular.
En el ámbito ecuatoriano, la Contraloría General del Estado tiene la función de controlar el uso de los recursos públicos y de sancionar a los servidores responsables de irregularidades (Constitución de la República del Ecuador, 2008).
La Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado en su artículo 46 (Congreso Nacional del Ecuador, 2002) faculta la imposición de multas y, de forma eventual, la destitución. No obstante, la doctrina ha señalado que esta potestad sancionatoria administrativa debe interpretarse a la luz del principio de juridicidad, el cual exige que toda actuación administrativa sea coherente con la Constitución y con los tratados internacionales ratificados por el Estado (Cassagne, 2015; Moreta, 2019).
La tensión entre la potestad administrativa de la Contraloría y el respeto a los derechos políticos ilustra la necesidad de aplicar el llamado control de convencionalidad, entendido como la obligación de las autoridades nacionales de interpretar y aplicar el derecho interno, en conformidad con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Ferrer Mac-Gregor, 2011). En consecuencia, cualquier destitución administrativa de autoridades electas que no sea emitida por un juez natural, se considera contraria al derecho internacional de los derechos humanos y al orden constitucional ecuatoriano.
En los últimos años, la Contraloría ecuatoriana ha destituido a varias autoridades electas, entre ellas alcaldes y prefectos, lo que ha generado debates sobre la legitimidad de estas decisiones. En 2019, el propio organismo reconoció que, en un lapso de tres años, había destituido a veintidós autoridades de elección popular (Diario El Telégrafo, 2019). Este hecho refleja una práctica sistemática que ha sido cuestionada por su impacto en la democracia representativa y en la voluntad popular expresada en las urnas.
La experiencia comparada muestra que no se trata de un fenómeno aislado. En Colombia, la Procuraduría General ejerció por décadas potestades para destituir e inhabilitar a funcionarios electos, hasta que la CIDH advirtió que esta práctica contravenía la Convención Americana, lo que condujo a reformas legales y posteriores pronunciamientos de la Corte Constitucional de ese país (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2020).
En Venezuela, la Contraloría ha ejercido facultades similares, llegando incluso a inhabilitar a líderes políticos por largos períodos, lo que también fue declarado incompatible con los estándares interamericanos (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2011; France 24, 2023). Estos antecedentes demuestran que la problemática trasciende el ámbito nacional y forma parte de un debate más amplio en América Latina, sobre el alcance de las potestades administrativas frente a los derechos políticos y las garantías del debido proceso.
La presente investigación tuvo como objetivo general analizar críticamente la destitución administrativa de autoridades electas por la Contraloría General del Estado en Ecuador, identificando su impacto en el derecho al debido proceso y en los derechos políticos. Específicamente se propuso examinar el marco constitucional y convencional aplicable a las sanciones administrativas de destitución. Seguidamente identificar las contradicciones entre la normativa nacional y la jurisprudencia interamericana en materia de derechos políticos. En tercer lugar, analizar casos concretos de destituciones administrativas ejecutadas por la Contraloría en Ecuador. Por último, proponer alternativas normativas e institucionales que garanticen la observancia del debido proceso, en el ejercicio de potestades sancionatorias.
El estudio se clasificó como descriptivo y crítico. Descriptivo porque caracterizó los procesos de destitución administrativa en Ecuador y crítico porque evaluó la compatibilidad de tales procesos con los estándares internacionales de derechos humanos. El alcance es exploratorio analítico, ya que permitió examinar tanto normas nacionales como jurisprudencia interamericana, identificando vacíos normativos y contradicciones jurídicas (Moreta, 2019; Cassagne, 2015).
El diseño metodológico se fundamentó en la investigación documental y jurisprudencial. Se revisaron fuentes primarias como la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado,y fallos de la Corte Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Asimismo, se incluyeron fuentes secundarias como artículos académicos, libros especializados y notas de prensa oficiales, publicados entre 2010 y 2023. La revisión sistemática de documentos buscó garantizar exhaustividad y pertinencia en la selección de la información.
La
población de análisis estuvo conformada por expedientes administrativos y
judiciales relacionados con la destitución de autoridades electas. La muestra
incluyó dos expedientes accesibles a través del sistema E-SATJE del Consejo de
la Judicatura, correspondientes a los años 2016 a 2018, considerados relevantes
por su difusión en medios de comunicación y por reflejar la práctica
institucional de la Contraloría.
La selección fue intencional, dado el carácter limitado y especializado de los
casos disponibles.
Se aplicaron varios métodos de carácter teórico y práctico.
- Método deductivo-inductivo: permitió partir de los principios generales del derecho administrativo y llegar a conclusiones específicas sobre los casos analizados.
- Método analítico-sintético: facilitó la descomposición de normas, jurisprudencia y doctrina en componentes esenciales para luego integrarlos en un marco interpretativo coherente.
- Método comparado: posibilitó la confrontación de la normativa ecuatoriana con la experiencia de países como Colombia y Venezuela, contrastando sus prácticas con la jurisprudencia interamericana.
- Observación documental: consistió en el examen directo de expedientes judiciales y resoluciones administrativas accesibles de manera oficial.
Estos métodos contribuyeron a obtener una visión integral del problema y a proponer soluciones fundamentadas en derecho.
La normativa ecuatoriana vigente en su artículo 46 otorga a la Contraloría General del Estado facultades sancionadoras que incluyen multas y la eventual destitución de servidores públicos, incluso de autoridades electas (Congreso Nacional del Ecuador, 2002). Sin embargo, esta disposición contradice los principios constitucionales (artículo 61) que reservan a la función judicial la potestad de decidir sobre la pérdida de derechos políticos (Constitución de la República del Ecuador, 2008).
Se observó que la Contraloría ha aplicado de manera reiterada esta facultad, afectando la estabilidad democrática en varios cantones y provincias del país. Este uso extensivo de la potestad administrativa muestra la ausencia de un control eficaz de convencionalidad en el ámbito administrativo. Además, la vía contenciosa administrativa se evidenció como insuficiente, pues únicamente permite revisar la legalidad del acto, mas no su constitucionalidad (Hernández Velázquez, 2014).
Análisis comparado
La experiencia de otros países de la región permitió identificar paralelismos y contrastes con el caso ecuatoriano.
En Colombia, la Procuraduría ejerció por años la facultad de destituir e inhabilitar autoridades electas, lo que fue declarado incompatible con los estándares de la Convención Americana en el Caso Petro Urrego vs. Colombia (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2020). Posteriormente, la Corte Constitucional de Colombia ratificó que dichas sanciones sólo pueden ser impuestas por jueces contencioso administrativos, declarando inconstitucional la atribución jurisdiccional a la Procuraduría en Venezuela, la Contraloría mantiene potestades aún más amplias, al imponer destituciones e inhabilitaciones políticas de hasta 15 años (France 24, 2023). La Corte Interamericana, en el Caso López Mendoza vs. Venezuela (2011), estableció que tales prácticas vulneran directamente los derechos políticos consagrados en el artículo 23 de la Convención. Estos antecedentes muestran que Ecuador comparte con la región una problemática estructural que requiere reformas normativas profundas.
Resultados de la observación de casos
El examen de expedientes judiciales permitió constatar la forma en que las sanciones de destitución son ejecutadas inmediatamente tras su notificación, sin un control jurisdiccional previo. En el caso del exalcalde de Arajuno, Elario Gerardo Tanguila, la destitución ordenada por la Contraloría fue acogida por el concejo cantonal y ejecutada de manera inmediata. A pesar de que la acción de protección interpuesta (acción No. 16171201800008) fue rechazada en dos instancias judiciales (Función Judicial del Ecuador, 2022).
De manera similar, en el cantón Balzar, la destitución del alcalde Cirilo Gonzáles se ejecutó en el mismo acto en que el concejo municipal designó a su reemplazo, a pesar de que la acción constitucional (acción No. 09320201600415) fue igualmente negada. Estos casos evidencian la ineficacia de las garantías judiciales internas para proteger los derechos políticos de las autoridades electas y, de manera indirecta, los derechos de los ciudadanos que los eligieron.
Propuestas para garantizar la observancia del debido proceso en el ejercicio de potestades sancionatorias.
Estas propuestas buscan contribuir a la consolidación del Estado constitucional de derechos en Ecuador y al fortalecimiento de la democracia como sistema de autogobierno ciudadano.
Los hallazgos de la investigación muestran una contradicción evidente entre la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y los principios consagrados en la Constitución ecuatoriana y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Mientras que la primera otorga facultades de destitución a la Contraloría, el texto constitucional reconoce que la pérdida de derechos políticos sólo puede disponerse por sentencia de juez competente.
Este conflicto normativo no es meramente teórico: en la práctica, las decisiones de destitución administrativa han tenido como consecuencia inmediata la remoción de autoridades electas, lo cual afecta no solo a los sancionados, sino también a los electores, vulnerando el principio democrático (Alvarado Verdezoto y Gavilánez Puente, 2024).
La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos refuerza la necesidad de que toda restricción a los derechos políticos provenga de un órgano judicial. En casos como Yatama vs. Nicaragua (2005), López Mendoza vs. Venezuela (2011) y Petro Urrego vs. Colombia (2020), la Corte estableció que las autoridades administrativas no pueden disponer destituciones ni inhabilitaciones, pues ello constituye una violación al principio de jurisdiccionalidad y a la soberanía popular.
El análisis de estos precedentes evidencia que Ecuador incumple el estándar interamericano, al permitir que un órgano administrativo afecte directamente los derechos políticos. Este incumplimiento, además, expone al Estado a eventuales responsabilidades internacionales.
La comparación con Colombia y Venezuela aporta elementos de análisis relevantes. En Colombia, la atribución disciplinaria de la Procuraduría fue corregida tras el pronunciamiento de la Corte Interamericana, aunque persisten tensiones jurídicas sobre su implementación (CIDH, 2020). En Venezuela, en cambio, la persistencia de amplias facultades de la Contraloría para destituir e inhabilitar autoridades refleja un debilitamiento institucional que afecta gravemente el ejercicio de los derechos políticos (France 24, 2023).
Ecuador se ubica en un punto intermedio: si bien mantiene un marco constitucional garantista, la práctica administrativa ha reproducido patrones de vulneración similares a los señalados en otros países de la región. La experiencia comparada sugiere que las reformas deben orientarse hacia limitar las potestades administrativas y fortalecer la vía judicial para resolver sanciones que impliquen pérdida de derechos políticos Los resultados obtenidos permiten concluir que el respeto al debido proceso y a los derechos políticos requiere de acciones inmediatas en tres dimensiones: reformas legales que excluyan la facultad de destitución de la Contraloría; capacitación institucional en control de convencionalidad, y fortalecimiento de la jurisdicción contenciosa y constitucional, como instancias idóneas para salvaguardar los derechos políticos.
La discusión muestra que el problema no radica únicamente en la normativa vigente, sino también en la cultura jurídica que privilegia la legalidad formal sobre la juridicidad sustancial. En este sentido, el aporte de la investigación es destacar que el control administrativo debe ejercerse bajo parámetros de respeto a los derechos humanos, consolidando un Estado democrático que garantice la soberanía popular.
Las conclusiones de la presente investigación se derivan del análisis crítico de la normativa nacional, la jurisprudencia interamericana y los casos revisados en torno a la destitución administrativa de autoridades electas en Ecuador. Su propósito es sintetizar los hallazgos principales y resaltar las implicaciones que estos tienen para el respeto del debido proceso y la democracia representativa.
Se constató que la facultad de la Contraloría General del Estado para destituir a autoridades electas por voto popular resulta incompatible con los principios constitucionales y convencionales de protección de los derechos políticos. Esta práctica vulnera la soberanía popular y debilita la legitimidad democrática.
La contradicción entre la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Constitución ecuatoriana evidencia un vacío normativo que ha permitido la reproducción de actos administrativos contrarios al principio de jurisdiccionalidad. Este conflicto normativo requiere de reformas legislativas inmediatas.
La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara en señalar que solo una autoridad judicial puede ordenar sanciones que impliquen la pérdida de derechos políticos. Ecuador, al permitir que un órgano administrativo lo haga, incumple los estándares interamericanos y se expone a responsabilidad internacional. La comparación con Colombia y Venezuela demuestra que se trata de un problema regional. Sin embargo, mientras Colombia ha avanzado en adecuar su normativa a la jurisprudencia interamericana, Venezuela mantiene facultades excesivas en su Contraloría. Ecuador debe tomar el camino de las reformas que fortalezcan la jurisdicción judicial como garante del debido proceso.
Los casos revisados en Ecuador muestran que las destituciones administrativas tienen efectos inmediatos, al ejecutarse de forma automática por los concejos municipales o provinciales. Esto genera un vacío de protección efectiva de los derechos políticos, ya que las acciones contenciosas o constitucionales no han logrado revertir la vulneración de manera oportuna.
El fortalecimiento del Estado constitucional de derechos requiere que las autoridades administrativas incorporen el control de convencionalidad en su actuación. Solo así se garantizará que los principios internacionales de derechos humanos orienten la práctica administrativa en armonía con la Constitución.
En síntesis, la investigación demuestra que la destitución administrativa de autoridades electas por parte de la Contraloría General del Estado constituye una vulneración al derecho al debido proceso y a los derechos políticos. Las propuestas planteadas, orientadas a reformas normativas, capacitación institucional y fortalecimiento jurisdiccional, se convierten en pasos indispensables para garantizar la vigencia de la democracia y del Estado constitucional de derechos en el Ecuador.
No monetario.
A todos los agentes sociales involucrados en el proceso investigativo.
Cassagne, J. (2015). Los grandes principios del derecho público constitucional y administrativo. La Ley. https://n9.cl/ibbb0
Cobo, J. M. (1993). Contribución a la crítica de la política social. Universidad Pontificia Comillas-UPCO. Madrid, España. https://n9.cl/r884d
Congreso Nacional del Ecuador. (2002). Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. Registro Oficial Suplemento 595. https://n9.cl/ciorm
Constitución de la República del Ecuador. (2008). Registro Oficial. No. 449 de 20 de octubre de 2008. https://n9.cl/0htxsy
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2005). Ficha técnica: Yatama vs. Nicaragua. https://n9.cl/pvr8d
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2011). Caso López Mendoza vs. Venezuela. Sentencia de 1 de septiembre de 2011. https://n9.cl/4w0mfo
Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2020). Caso Petro Urrego vs. Colombia. Sentencia de 8 de julio de 2020. https://n9.cl/juy8z
Diario El Telégrafo. (2019). Contraloría destituyó a 22 autoridades de elección popular en tres años. Contraloría General del Estado. https://n9.cl/rynmxm
Díaz, J. (1971). Los principios generales del derecho. Editorial Plus Ultra. https://n9.cl/ow6ex8
Ferrer Mac-Gregor, E. (2011). Interpretación conforme y control difuso de convencionalidad: El nuevo paradigma para el juez mexicano. Estudios constitucionales, 9(2), 531-622. https://n9.cl/q5si2r
France 24. (2023, 1 de julio). Venezuela: Contraloría inhabilita a la precandidata María Corina Machado y despierta indignación. FRANCE 24. https://n9.cl/7fyxs
Función Judicial del Ecuador. (2022). Consulta de procesos judiciales. https://n9.cl/mj0i2
Hernández Velásquez, B. I. (2014). El procedimiento sumario administrativo a la luz del debido proceso [Tesis de maestría, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador]. Repositorio UASB. https://n9.cl/3s298
Isea Argüelles, J. J. (2025). Perspectiva epistémica para la criticidad de los procesos investigativos. Metanoia: Revista de Ciencia, Tecnología e Innovación, 11(2), 1–3. https://doi.org/10.61154/metanoia.v11i2.4121
Moreta, A. (2019). Procedimiento administrativo y sancionador en el COA. Ediciones Continente. https://n9.cl/mm4do
Oyarte, R. (2016). Debido proceso. Corporación de Estudios y Publicaciones. https://n9.cl/hp4zs0
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