DOI 10.35381/noesisin.v7i1.485
Las herramientas tecnológicas frente a la aplicación del descuento a adultos mayores en servicios notariales
Technological tools versus the application of discounts for older adults in notary services
Víctor Giovanni Bravo-Sornoza
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0009-0002-1948-3578
Nayibe Eloina Chacón-Gómez
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0009-0007-9460-4671
Fernando de Jesús Castro-Sánchez
fernandodcs.ainv@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-3937-8142
Revisado: 15 de mayo 2025
Aprobado: 15 de julio 2025
Publicado: 01 de agosto 2025
Descriptores: Servicio notarial; adultos mayores; descuentos; sistema informático. (Tesauro UNESCO).
This study critically analyzes how technological tools in notary offices prevent older adults from exercising their right to legal discounts and exemptions, thereby violating their status as a protected group. The research, which takes a legal approach, combined documentary analysis with fieldwork: a survey of 204 older adults in the canton of Babahoyo and interviews with six notaries. The results show that the current notarial computer system lacks the functionality to automatically apply these tariff benefits. This technical limitation is of concern to notaries, who recognize that it violates the law. The study concludes that an update of the computer systems is urgently needed to ensure compliance with regulations and the effective protection of the rights of older adults.
Descriptors: Notary services; senior citizens; discounts; computer system. (UNESCO Thesaurus).
Desde la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) en 2008, el sistema legal ecuatoriano ha experimentado transformaciones estructurales, incluyendo la incorporación del servicio notarial como parte auxiliar de la función judicial, según lo establece el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). Esta integración implica que los actos protocolizados por los notarios sirven como respaldo procesal en diversas causas judiciales, consolidando su rol dentro del sistema de justicia.
La institucionalización del notariado ha reforzado su papel en la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos. En este marco, los notarios están obligados a respetar los principios constitucionales y legales, sin discriminar ni omitir los derechos de grupos vulnerables, como los adultos mayores, quienes gozan de beneficios específicos en los servicios notariales (Guerrero, 2023).
A nivel internacional, se ha impulsado la creación de estatutos que garanticen una protección adecuada a las personas adultas mayores (Baracaldo et al., 2023). Sin embargo, en Ecuador persisten vacíos normativos y prácticas deficientes que vulneran estos derechos, especialmente en la aplicación de descuentos en contratos bilaterales, donde la legislación resulta insuficiente o poco específica.
Añazco (2019) destaca que el notario, como profesional del Derecho, tiene la atribución pública de conferir legalidad al consentimiento entre partes. Esta responsabilidad se ve ampliada por la sentencia Nro. 832-20-JP/21 de la Corte Constitucional (2021), la cual establece que los reglamentos notariales deben incorporar acciones afirmativas para proteger a los grupos de atención prioritaria, con énfasis en los adultos mayores (Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
En consecuencia, la práctica notarial debe incluir no solo la revisión individual de las partes en contratos bilaterales, sino también la implementación de medidas jurídicas que favorezcan a estos grupos (Ibarra, 2022). No obstante, esta intervención puede generar incomodidad entre los adultos mayores, quienes perciben como invasiva la evaluación de su contexto social y económico.
La Corte Constitucional reafirma que las notarías ejercen función pública, lo que obliga a los fedatarios a garantizar los derechos de los usuarios, especialmente si pertenecen a grupos prioritarios (Asamblea Nacional del Ecuador - Comisión Legislativa y de Fiscalización, 2015). Por ello, los notarios deben adaptar sus procedimientos para asegurar eficacia, calidad y eficiencia en el servicio (Consejo de la Judicatura, 2015).
Una de las medidas necesarias es la actualización del sistema informático notarial, que actualmente impide aplicar correctamente los beneficios legales a los adultos mayores, como descuentos en contratos o escrituras públicas (Segura y Andrade, 2023). Esta limitación tecnológica genera una contradicción entre la normativa vigente y su aplicación práctica, afectando la coherencia institucional (Reyes, 2022).
En este contexto, surge la pregunta de investigación: ¿Cómo las herramientas tecnológicas obstaculizan la aplicación del descuento que corresponde a los adultos mayores en los servicios notariales, incumpliendo así lo dispuesto por la CRE, el COFJ y las Resoluciones 216-2017 y 029-2015 del Consejo de la Judicatura?
El objetivo general del estudio es realizar un análisis jurídico crítico sobre el modo en que las tecnologías empleadas en el sistema notarial limitan el ejercicio efectivo de los derechos de los adultos mayores.
MÉTODO
La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, utilizando fuentes bibliográficas como base teórica. Se aplicó el diseño de análisis de conceptos para estudiar los componentes teóricos del problema y su contexto actual. Se emplearon métodos analítico-sintético y deductivo: el primero permitió examinar factores legales y prácticos; el segundo, abordar el problema desde lo general a lo particular.
Se recurrió a la investigación bibliográfica y analítica-descriptiva para evaluar el sistema notarial y su impacto en los adultos mayores. La recolección de datos incluyó encuestas a usuarios y entrevistas a notarios, usando cuestionarios y guías como instrumentos.
La población de estudio abarcó las seis notarías de Babahoyo (Notarías 1 a 6), trabajando con el 100% de ellas por su tamaño reducido. También se analizó la base de datos de adultos mayores atendidos en 2023, permitiendo identificar patrones y problemáticas en la aplicación de beneficios legales.
Tabla 1.
Adultos mayores atendidos en las notarías en estudio durante 2023.
|
Notaría |
Adultos mayores atendidos |
|
1 |
48 |
|
2 |
72 |
|
3 |
84 |
|
4 |
48 |
|
5 |
84 |
|
6 |
96 |
|
Total |
432 |
Elaboración: Los autores.
Al ser un número amplio, se procedió a calcular la muestra de estudio, para lo cual se aplicó la fórmula de cálculo de la muestra para poblaciones finitas, propuesta por Fischer y Navarro (1996). A ser una población amplia de 432 personas se hace el cálculo de la muestra con un nivel de confianza del 95% y un margen de error del 5%, quedando una propuesta de 204 adultos mayores.
El muestreo fue aleatorio simple no estratificado, teniendo que cumplir los individuos los siguientes criterios de selección:
· Género: Hombre o Mujer
· Edad: Mayor de 65 años
· Nacionalidad: Ecuatoriano
· Lugar de residencia: Indiferente
· Necesidad: Servicio Notarial durante el 2023
Las notarías son oficinas donde los notarios, como servidores públicos, ejercen la facultad legal de dar fe de contratos, testamentos y otros documentos extrajudiciales (Real Academia Española, 2023). Según Gutiérrez (2021), el notario responde ante el Estado por la autenticación de documentos públicos y privados, los cuales, al ser protocolizados, se convierten en instrumentos públicos que deben conservarse adecuadamente.
Los servicios notariales buscan brindar seguridad jurídica preventiva, asegurando que los documentos extrajudiciales sean manejados correctamente en trámites registrales. El derecho notarial regula esta actividad, garantizando certeza jurídica en los actos y contratos celebrados ante el notario, así como en el almacenamiento de los documentos (Gutiérrez, 2021). Además, supervisa el cumplimiento de funciones notariales y el uso adecuado de instrumentos protocolares y extraprotocolares.
El uso de herramientas tecnológicas ha crecido en todos los sectores sociales y económicos (Vaillant et al., 2020), facilitando actividades como atención al cliente, pagos virtuales y gestión documental (Morán et al., 2021). Estas tecnologías han impulsado la evolución profesional tanto en el ámbito privado como público, incluyendo el judicial (Alcívar y Mercedes, 2022; Guevara y Uc, 2020; Astudillo et al., 2020). Sin embargo, su implementación en el servicio público ha sido limitada (Guevara y Uc, 2020).
Aunque las tecnologías pueden mejorar la atención a grupos vulnerables, su mal enfoque puede restringir beneficios (Gallegos et al., 2021). Para su uso efectivo, los funcionarios deben contar con competencias técnicas y adaptarse a su constante evolución (Trenerry y Chng, 2021). En la administración pública, estas herramientas son esenciales para garantizar servicios eficientes y satisfactorios (Gallegos et al., 2021).
La Constitución ecuatoriana reconoce los derechos de los adultos mayores, exigiendo un trato diferenciado y protección reforzada (Reyes, 2022). Hernández (2023) señala que la tecnología ofrece ventajas a este grupo, aunque la Organización Mundial de la Salud (2021) advierte sobre el edadismo institucional, que limita el acceso a derechos por desconocimiento o discriminación (Gutiérrez, 2022; Arandia et al., 2022).
Entre los beneficios tecnológicos para adultos mayores destacan la facilidad en trámites públicos, pagos, gestiones bancarias, acceso a información, comercio y comunicación (Hernández, 2023). No obstante, Hernández (2023) también evidencia que muchos adultos mayores perciben estas herramientas como poco útiles, lo que sugiere una falta de socialización y adaptación práctica.
El Sistema Informático Notarial, obligatorio para los notarios, permite registrar y verificar datos notariales, incluyendo descuentos legales (Reyes, 2022). Según Balseca (2017), los adultos mayores tienen derecho a exenciones en servicios notariales, conforme a la Constitución y el Código Orgánico de la Función Judicial. Sin embargo, el sistema actual no permite aplicar descuentos en contratos bilaterales, incumpliendo el artículo 126 del Reglamento del Sistema Notarial Integral (Reyes, 2022).
Esto genera una contradicción: los notarios conocen la obligación legal de aplicar descuentos, pero el sistema informático les impide cumplirla, vulnerando derechos de los adultos mayores (Reyes, 2022).
Análisis de Normativas
El marco legal ecuatoriano establece con claridad los derechos de los adultos mayores como grupo de atención prioritaria, especialmente en lo relativo a descuentos y exoneraciones en servicios públicos y privados, incluyendo los notariales. Estas disposiciones obligan a las instituciones estatales a garantizar su cumplimiento efectivo.
· Constitución de la República del Ecuador
La CRE reconoce en su artículo 35 a los adultos mayores como parte de los grupos vulnerables, con derecho a atención prioritaria en todos los ámbitos (Asamblea Nacional Constituyente, 2008; Alzate y Martínez, 2021). El artículo 37 amplía esta protección, garantizando acceso gratuito a salud, medicamentos, trabajo digno, jubilación universal, vivienda adecuada, y descuentos en servicios públicos, privados y notariales.
· Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ)
El artículo 303 faculta al Consejo de la Judicatura para regular las tasas notariales, advirtiendo que el cobro indebido puede conllevar la destitución del notario (Asamblea Nacional del Ecuador - Comisión Legislativa y de Fiscalización, 2015). El artículo 305 permite tarifas reducidas o servicios gratuitos para adultos mayores, mientras que el artículo 306 establece exenciones en declaraciones de voluntad y contratos bilaterales, según lo estipulado por la ley.
· Resolución 216-2017 del Consejo de la Judicatura
El artículo 135 exige que los cobros notariales respeten las excepciones legales para adultos mayores y personas con discapacidad. Su incumplimiento constituye una infracción sancionable conforme al COFJ y al Reglamento Disciplinario (Consejo de la Judicatura, 2017).
· Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores
El artículo 3 establece como finalidad la protección integral de los derechos de este grupo, incluyendo la no discriminación (Asamblea Nacional del Ecuador, 2019, p. 5). El literal h prohíbe cualquier forma de abuso por edad, y el artículo 4 garantiza igualdad ante la ley y trato justo, obligando a las notarías a adaptar sus servicios (Asamblea Nacional del Ecuador, 2019, p. 6).
· Reglamento Disciplinario del Consejo de la Judicatura
El artículo 9 literal A sanciona a los servidores públicos que incumplan funciones o vulneren derechos, incluyendo a notarios que omitan aplicar beneficios legales (Consejo de la Judicatura, 2015).
· Reglamento del Sistema Notarial Integral
El artículo 126 detalla los trámites exonerados para adultos mayores, como testamentos, herencias, cancelaciones de hipoteca y autenticación de firmas (Consejo de la Judicatura, 2017), consolidando su derecho a un servicio notarial accesible y justo.
Análisis de información diagnóstica
Entrevistas a notarios
Como parte del presente estudio, se realizaron entrevistas a los notarios de la ciudad de Babahoyo para evaluar el impacto de las herramientas tecnológicas en la aplicación de descuentos a adultos mayores. Las preguntas se centraron en el conocimiento normativo, la operatividad del sistema informático notarial y las gestiones realizadas ante el Consejo de la Judicatura.
En la primera pregunta, todos los notarios afirmaron conocer los derechos del adulto mayor establecidos en el artículo 37 de la Constitución, los artículos 303, 305 y 306 del COFJ, y las resoluciones 216-2017 y 029-2015 del Consejo de la Judicatura. Esto demuestra que los fedatarios están informados sobre el marco legal que regula los beneficios notariales para adultos mayores.
La segunda pregunta abordó la operatividad del sistema informático. Los notarios señalaron que existen limitaciones técnicas que impiden aplicar descuentos en ciertos trámites, especialmente en contratos bilaterales. Esta situación genera una contradicción entre el deber legal y la capacidad operativa del sistema.
Al ser consultados sobre si esta problemática representa una infracción legal, todos los entrevistados coincidieron en que sí. Indicaron que, aunque están obligados a aplicar los descuentos, el sistema no lo permite, lo que los expone a sanciones disciplinarias, incluyendo la destitución, según lo establecido en el COFJ y el reglamento disciplinario.
Respecto a las gestiones realizadas ante el Consejo de la Judicatura, los notarios manifestaron haber comunicado el problema mediante llamadas, sin obtener respuesta ni solución. Esto evidencia una falta de atención institucional ante una problemática que afecta directamente el ejercicio de derechos constitucionales.
Finalmente, al preguntar sobre posibles soluciones, los notarios coincidieron en que la única vía viable es la actualización del Sistema Informático Notarial. Afirmaron que el problema no radica en su voluntad de cumplir la ley, sino en las limitaciones del sistema, que impide registrar los descuentos. Como resultado, los adultos mayores deben pagar el valor total del trámite, a pesar de tener derecho a exoneraciones, lo que constituye una vulneración directa de sus derechos.
Análisis de los resultados de la encuesta a los adultos mayores
Los resultados de la encuesta a los adultos mayores evidenciaron que en su gran mayoría (75%) acuden a los servicios notariales una sola vez al año y por servicios variados, dependiendo de la necesidad en ese momento (Figura 1).
Figura 1. Frecuencia de demanda de servicios notariales por parte del adulto mayor.
Elaboración: Los autores.
Se evidenció que el desconocimiento en torno a los derechos relacionados con esto servicio y su posición como adulto mayor es aún muy alta, existiendo más de un 50% con solo algo o nada de conocimiento sobre estos temas que se incluyen en varios estamentos legales, como el artículo 37 de la Constitución y en los artículos 303, 305 y 306 del Código Orgánico de la Función Judicial, así como las Resoluciones 216-2017 y 029- 2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura (Tabla 2).
Tabla 2.
Nivel de conocimiento de los adultos mayores sobre los derechos establecidos en la ley
|
Respuesta |
Cantidad |
Porcentaje |
|
Total conocimiento |
53 |
26,0% |
|
Mucho conocimiento |
31 |
15,2% |
|
Algo de conocimiento |
39 |
19,1% |
|
Poco conocimiento |
39 |
19,1% |
|
Desconocimiento |
42 |
20,6% |
|
Total |
204 |
100,0% |
Elaboración: Los autores.
Al consultar a los adultos mayores su percepción respecto al nivel de cumplimiento de su derecho al goce de beneficios como descuentos en los servicios notariales, el 34,8% manifestó que no se cumple, a lo que se suma un 24% que contestó que casi nunca se cumple, lo que establece que más del 50% de los adultos mayores han sufrido vulneración de derechos en sus trámites notariales (Figura 2).
Figura 2. Nivel de cumplimiento del derecho al goce de beneficios en los trámites.
Elaboración: Los autores.
De manera específica, se consultó a los adultos mayores si han recibido descuento al realizar el trámite de notarización de contratos bilaterales como lo determina la ley a lo que el 89% respondió que nunca ha recibido descuento al realizar ese trámite mientras se ha presentado como adulto mayor, y el 11% indicó que no sabe si ha recibido descuento (Figura 3).
Ante la evidente limitante en el goce a un derecho constitucional, se consultó a los adultos mayores, la razón expuesta por las notarías por la cual no les dan acceso al descuento en el servicio de notarización de contrataos bilaterales. Las respuestas coincidieron en su gran mayoría, exponiendo que la principal justificación es que el sistema empleado no permite realizar el descuento en el cobro del servicio, por lo que es imposible cumplir con lo dispuesto en la Ley.
Figura 3. Justificación para no brindar el descuento.
Elaboración: Los autores.
Fue importante ante esta situación de vulneración de derechos, conocer desde el punto de vista del adulto mayor si está realmente consciente de esta situación, especialmente en lo que corresponde al no goce de descuentos en los trámites notariales. El 33,3% indicó que siempre ha estado consciente de esta vulneración, mientras que el 26,5% contestó que casi siempre conoce que esto sucede, lo cual evidencia que más del 50% tiene claro que se vulneran sus derechos en las notarías (Tabla 3).
Tabla 3.
Consciencia en la vulneración de derechos en las notarías.
|
Respuesta |
Cantidad |
Porcentaje |
|
Siempre |
68 |
33,3% |
|
Casi siempre |
54 |
26,5% |
|
Algunas veces |
38 |
18,6% |
|
Casi nunca |
23 |
11,3% |
|
Nunca |
21 |
10,3% |
|
Total |
204 |
100,0% |
Elaboración: Los autores.
Los encuestados coincidieron en un 96.6% que es necesario que se tomen acciones para que el sistema notarial cumpla con lo establecido sobre los derechos de descuentos de los servicios notariales del adulto mayor. Lo indicado permite deducir que existe preocupación y necesidad en que este beneficio realmente se efectivice, y que se cuente con las herramientas tecnológicas adecuadas y que operen óptimamente dentro del marco de la ley (Figura 4).
Figura 4. Necesidad de acciones en el sistema notarial para el cumplimiento de la Ley.
Elaboración: Los autores.
DISCUSIÓN
La información recopilada desde la teoría, las entrevistas a los notarios y las encuestas a los adultos mayores permitieron evidenciar que realmente existe vulneración de los derechos de los usuarios que pertenecen a la población de adultos mayores, tal como lo manifestó Reyes (2022), y que esta situación se enmarca en el no goce de sus derecho a exenciones o descuentos en la tarifa de servicios notariales.
Esta vulneración de derechos se debe no solo al desconocimiento palpable de los adultos mayores en cuanto a los beneficios a los que tienen derecho, sino también a la incoherencia existente entre la ley y el sistema informático notarial, lo cual no permite que se dé cumplimiento a lo manifestado por Guerrero (2023), respecto a los descuentos y exenciones en el pago de servicios notariales por ser parte de grupos de mayor interés para el Estado.
Guerrero (2023) recalcaba que los descuentos y exenciones para los grupos vulnerables dentro de los servicios notariales, así como sucede en otras áreas, deben garantizarse desde Estado, siendo entonces el Consejo de la Judicatura la institución llamada a tomar acción en la situación analizada.
Si bien es cierto, la actividad notarial hace uso de un sistema informático para el registro, control y cobro de los servicios brindados, esta tecnología está causando perjuicio a los adultos mayores, cuyos criterios coinciden con Hernández (2023) al no ser las tecnologías de gran utilidad o beneficio para ellos, y comparten la postura de la Organización Mundial de la Salud (2021), en torno a la existencia de discriminación a este importante grupo poblacional.
Todo sistema informático debe desarrollarse basado en las leyes, normas y reglamentos que se vinculan a la actividad para la que se empleará, dado que de lo contrario se generarán vulneraciones a lo que la organización o sus usuarios esperan.
La información recopilada comprobó que el sistema informático notarial no está alineado con los descuentos establecidos en la ley para los adultos mayores, coincidiendo con lo manifestado por Gutiérrez (2022) y Arandia et al. (2022), pero desvinculada totalmente con lo establecido en la Constitución (Asamblea Nacional Constituyente, 2008), en el Código Orgánico de la Función Judicial (Asamblea Nacional del Ecuador - Comisión Legislativa y de Fiscalización, 2015), en la Resolución 216- 2017 del Pleno del Consejo de la Judicatura (2017), y la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores (Asamblea Nacional del Ecuador, 2019, p. 5), en cuanto a los derechos consagrados a las poblaciones vulnerables como son los adultos mayores.
Entre los servicios de notarización que no reflejan descuento en el sistema informático notarial se evidenció la notarización de los contrataos bilaterales, estando acorde a los indicado por Ibarra (2022) y Balseca (2017), quienes establecían además como obligación de los notarios el garantizar la implementación de acciones afirmativas que beneficien a los adultos mayores como en el caso de los descuentos y las exenciones al pago de las tarifas.
Los notarios entrevistados manifestaron que la situación generada por el sistema representa un problema para ellos, dado que están conscientes de la existencia de vulneración de los derechos de los adultos mayores, lo que está acorde a lo que indica Reyes (2022) respecto a que es el sistema informático el que no les permite actuar dentro del marco de la Ley.
La vulneración de los derechos de los adultos mayores va en contra a lo consagrado en la Carta Magna y las leyes notariales generando no solo una limitante para el goce de los beneficios de los adultos mayores, sino también una falta grave para el funcionario público que lo provocase. La existencia de este tipo de problemas, en una institución de la Consejo de la Judicatura, institución llamada a hacer respetar los derechos de los ciudadanos, genera preocupación, dado que está llamada a cumplir sus competencias y responsabilidades basada completamente en la Ley.
Al identificarse la causa del problema en el sistema informático notarial, se requiere su actualización, coincidiendo con Segura y Andrade (2023), quienes afirman que este no debe ser una herramienta tecnológica de vulneración de derechos a los adultos mayores, sino más bien que cumpla lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador, y expresado por Reyes (2022), al considerar que los derechos fundamentales de los adultos mayores deben ejecutarse y permitir el alcance de su plena satisfacción.
Finalmente, la información establece que los adultos mayores tienen el derecho a gozar del beneficio y descuento a los que la ley les faculta incluyendo el servicio de notarización de un contrato bilateral, para lo que se requiere un sistema informático notarial que opere dentro del marco de la ley y se actualice inmediatamente con los cambios que se aprueben en las normas relacionadas.
CONCLUSIONES
Se concluye que, si bien es cierto las herramientas tecnológicas generan facilidades y beneficios para las personas en sus diferentes actividades sociales y económicas, si estas no se desarrollan cumpliendo no solo los requerimientos institucionales, sino también legales, su funcionamiento podría generar perjuicio, tal como sucede con el caso del no cumplimiento del derecho a descuentos de los adultos mayores frente a los servicios notariales.
Se concluye que los sistemas informáticos notariales deben ser actualizados de tal forma que se incluyan en él la opción de aplicar descuentos o exenciones a los adultos mayores y demás grupos vulnerables de acuerdo a lo que establezca la ley, cuando acuden a solicitar servicios como la notarización de contrataos bilaterales.
Finalmente, es importante indicar que, luego de analizar la problemática y sus causas, es evidente que existe la necesidad de establecer por ley el control previo de las herramientas tecnológicas o sistemas informáticos empleados en las instituciones públicas y vinculadas al servicio a los usuarios pertenecientes a grupos vulnerables, así como la auditoría a los sistemas ya en funcionamiento.
No monetario.
A todos los actores sociales involucrados en el desarrollo de la investigación.
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