DOI 10.35381/noesisin.v7i2.550

 

Renuncia de la patria potestad a un tercero previo acuerdo en el contexto ecuatoriano

 

Waiver of parental authority to a third party by prior agreement in the Ecuadorian context

 

 

Juan Diego Villavicencio-Zumba

juanvz16@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0009-1657-3915

 

Iruma Alfonso-González

ua.irumaalfonso@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6866-4944

 

Fernando de Jesús Castro-Sánchez

fernandodcs.ainv@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3937-8142

 

 

 

 

Recibido: 15 de abril 2025

Revisado: 15 de mayo 2025

Aprobado: 15 de julio 2025

Publicado: 01 de agosto 2025


 

 

RESUMEN

La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que ejercen los padres, sobre los hijos no emancipados o menores de edad. Dentro de la normativa ecuatoriana, las atribuciones judiciales han sido estrictas igual que la normativa, al otorgar ciertas potestades exclusivamente a los jueces, a pesar de que existen órganos auxiliares de la función judicial. La investigación busca analizar las facultades y las injerencias positivas que tiene la ampliación de estas en la ley notarial, otorgando al notario la facultad para solemnizar la renuncia voluntaria de patria potestad. Empleando un enfoque cualitativo, se indaga en la doctrina, la jurisprudencia y la normativa ecuatoriana sobre las repercusiones de otorgar determinadas facultades a los notarios. Se emplea la entrevista para demostrar la importancia y viabilidad de ampliar las competencias notariales, garantizando seguridad jurídica, pero en tiempos significativamente más cortos, evitando dilaciones innecesarias y procedimientos judiciales prolongados.

 

Descriptores:  Patria potestad; renuncia voluntaria; facultades notariales. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

Parental authority is the set of rights and obligations exercised by parents over their unemancipated or minor children. Under Ecuadorian law, judicial powers have been strict, as have the regulations, granting certain powers exclusively to judges, despite the existence of auxiliary bodies of the judiciary. This research seeks to analyze the powers and positive effects of expanding these powers in notarial law, granting notaries the power to formalize the voluntary renunciation of parental authority. Using a qualitative approach, it examines Ecuadorian doctrine, jurisprudence, and regulations on the repercussions of granting certain powers to notaries. Interviews are used to demonstrate the importance and feasibility of expanding notarial powers, guaranteeing legal certainty, but in significantly shorter times, avoiding unnecessary delays and lengthy judicial proceedings.

 

Descriptors: Parental authority; voluntary renunciation; notarial powers. (UNESCO Thesaurus).


 

INTRODUCCIÓN

En los últimos años, en la rama del derecho notarial, se ha venido gestando la noción de implementar ciertas facultades o atribuciones a los notarios, además de las que ya contempla la Ley Notarial vigente. Resulta especialmente interesante plantear atribuciones que, además de proporcionar beneficios a quienes requieren asistencia notarial para solventar necesidades jurídicas, contribuyan a aliviar las cargas procesales excesivas en los juzgados ecuatorianos, ofreciendo una solución efectiva para quienes no han podido tramitar ciertos actos por la falta de competencias notariales (Espinoza et al., 2018).

Según Cabanellas (1979), la patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que se otorgan a los padres sobre sus hijos menores no emancipados. Este autor destaca que, históricamente, esta figura jurídica confería incluso derechos absolutos, hasta el punto de que el padre tenía potestad sobre el hogar y la familia.

En la normativa ecuatoriana, la patria potestad se define como el conjunto de derechos y obligaciones de los padres sobre sus hijos menores de edad no emancipados, según lo establecido en el Código Civil y en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en sus artículos 283 y 105, respectivamente. Al ser una institución jurídica que surge del imperio de la ley, pero cuya base es la procreación, se considera de orden público y de carácter voluntario, orientada a garantizar la protección e integridad en el desarrollo de los hijos (Guerrero, 2021).

Dentro de la normativa ecuatoriana, se reconocen diversas atribuciones al notario, quien otorga fe pública, interpreta y da forma legal a la manifestación de la voluntad de las partes que requieren su ministerio. En este contexto, el notario es un servidor público que garantiza la autenticidad y validez de las declaraciones realizadas ante su presencia, dejando constancia en los instrumentos públicos de todos los actos permitidos por la ley (Gutiérrez Cabas, 2021).

La fe pública conferida por el notario al solemnizar las declaraciones de voluntad brinda seguridad y confianza, ya que se realiza bajo control de legalidad y respeta la libertad de las personas al manifestar su voluntad. La fe pública se define como la facultad que el Estado otorga a ciertos funcionarios para dar autenticidad y certeza jurídica a los actos y contratos celebrados ante ellos (Baque y Márquez, 2019).

Por lo expuesto, se determina la importancia del notario en la intervención de actos y contratos que requieran su ministerio, incluyendo aquellos que tradicionalmente solo podrían realizarse ante un juez, ya que otorgar estas potestades al notario contribuiría a aliviar la carga procesal (Merchán, 2020).

El régimen de patria potestad regula y garantiza los derechos de los menores no emancipados. Este término suele confundirse con tenencia, que se refiere a la custodia. Sin embargo, incluso en procesos voluntarios de divorcio, la tenencia debe estar previamente solventada por vía judicial. Este avance ha permitido que el notariado en varios países de Latinoamérica y Europa ofrezca soluciones más ágiles (Villanueva y Jancco, 2023).

La patria potestad comprende los derechos y obligaciones de los padres hacia sus hijos, incluyendo educación, manutención, cuidado y desarrollo integral, lo que refleja la relación paterno-filial (Claros, 2022). La tenencia, en cambio, se refiere al cuidado y crianza proporcionados por uno de los progenitores, y, en caso de desacuerdo, el juez determina la custodia mediante el proceso legal correspondiente (Coral, 2016).

La patria potestad puede suspenderse o perderse mediante resolución judicial, fundamentada en incumplimiento de deberes o derechos, conforme a los artículos 112 y 113 del Código de la Niñez y Adolescencia, estableciéndose así las causas para la suspensión o pérdida de esta figura. Cuando se priva de la patria potestad a un progenitor, la ejerce el que no está inhabilitado; si ambos lo están, se asigna un tutor. Si no hay parientes disponibles, el juez puede declarar la adoptabilidad del menor en la misma resolución (Congreso Nacional, 2014). Este punto es relevante porque afecta a madre, padre e hijo, impactando el derecho de familia (Cuesta, 2022). Es una medida que los jueces aplican con prudencia, solo cuando existen fundamentos legales precisos.

En Ecuador, el desarrollo de esta materia es limitado, otorgando la facultad exclusivamente al juez. Sin embargo, con la introducción de trámites no contenciosos por parte del notariado, se ha facilitado el acceso de los ciudadanos a este servicio, al mismo tiempo que se aliviana la carga procesal de los juzgados (Espinoza et al., 2018; Edquén, 2019). Esto permite que los jueces se centren en asuntos contenciosos de su competencia exclusiva, evitando retrasos y garantizando mayor celeridad en los procesos judiciales, mejorando la experiencia de los usuarios del sistema (Alvarado, 2021).

Por ello, se busca otorgar al notario la facultad de recibir la declaración de voluntad de los padres sobre la renuncia voluntaria de patria potestad a favor de un tercero, siempre priorizando el beneficio del menor (Goycochea et al., 2020). Con su conocimiento sobre la naturaleza jurídica de la patria potestad y los derechos de los menores, el notario puede solemnizar el acto con eficacia y seguridad jurídica, dando respuesta ágil a las pretensiones de las partes (Espinoza, 2022).

Atendiendo a lo anterior y en respuesta al problema planteado, se propone como objetivo de investigación: Analizar los fundamentos teóricos y doctrinales para la ampliación de las facultades notariales en casos de renuncia voluntaria de patria potestad en Ecuador.

 

MÉTODO

La investigación es cualitativa, ya que se basa en la recopilación de información a través de entrevistas y en el análisis de documentos. A partir de estos datos se desarrolla el estudio, permitiendo generar conclusiones fundamentadas sobre la facultad del notario para solemnizar la renuncia voluntaria de la patria potestad. A su vez, combina elementos de la dogmática jurídica y de la filosófica jurídica. La dogmática jurídica se aplica al analizar las normas jurídicas, su interpretación y aplicación respecto de la patria potestad y su relación con la función notarial. Por su parte, la filosofía jurídica permite examinar los conceptos fundamentales, como la justicia, el bien común y la protección de los derechos de los menores, brindando una perspectiva ética y reflexiva sobre la materia. La integración de ambas proporciona una visión más completa del objeto de estudio.

Por su alcance, el estudio es de tipo descriptiva, ya que se centró en describir las características de la patria potestad y las facultades del notario mediante el análisis de normas, jurisprudencia y doctrina. Por su propósito externo, es aplicada, dado que sus resultados son fundamentales para demostrar que el notario puede solemnizar la renuncia de la patria potestad, sin afectar los derechos de los menores y previa conformidad de las partes involucradas.

Los métodos del nivel teórico del conocimiento empleados fueron:

·       Análisis – síntesis: Permitió examinar las características de la patria potestad y las atribuciones notariales a fin de facilitar la comprensión de la relación entre ambos conceptos.

·       Abstracción: Contribuyó a identificar conceptos y categorías fundamentales vinculadas con la patria potestad y la función notarial.

·       Generalización: Posibilitó aplicar los resultados al sistema jurídico ecuatoriano y potencialmente a otras legislaciones.

Estos métodos permiten comprender en profundidad la potestad del notario para solemnizar la renuncia de la patria potestad, así como identificar posibles problemas o desafíos que podrían surgir.

Del nivel empírico del conocimiento se emplea el análisis de documentos, mediante la revisión de doctrina, jurisprudencia y normativa sobre la patria potestad y la facultad notarial para solemnizar su renuncia voluntaria. Los criterios de inclusión fueron: publicaciones actualizadas (menos de diez años) de autores reconocidos en derecho civil, notarial y de familia; fallos y sentencias relevantes que generen precedentes sobre la renuncia voluntaria de patria potestad; normativa vigente, como el Código Civil, la Ley Notarial y leyes relacionadas con la patria potestad.

Los criterios de exclusión se basaron en documentos irrelevantes, desactualizados, de autores no reconocidos o con información imprecisa sobre la renuncia voluntaria de la patria potestad.

Se realizaron entrevistas a abogados en libre ejercicio, notarios y padres de familia del cantón Azogues, con el fin de comprender sus opiniones sobre la facultad del notario para solemnizar la renuncia de la patria potestad. Este método aporta información cualitativa sobre la complejidad del tema y permite evaluar la viabilidad de conferir esta facultad al notario.

La población seleccionada para el estudio incluye:

·       Siete notarios del cantón Azogues, excluyendo a tres cuya experiencia no se considera relevante.

·       Siete abogados en libre ejercicio, de los cuales se seleccionan cuatro con experiencia en derecho civil y de familia.

·       Siete padres de familia, de los cuales se seleccionan tres que han tenido experiencias en disputas relacionadas con la patria potestad.

No se realiza cálculo de muestra, ya que la población coincide con la muestra, conformada por diez individuos. Al ser una población menor de cien elementos, no es necesario aplicar fórmulas de muestreo.

 

RESULTADOS

Análisis de doctrina, normativa y jurisprudencia

La patria potestad es definida por diversos cuerpos normativos y doctrinales como el conjunto de derechos y obligaciones que ejercen los padres de manera conjunta sobre sus hijos. Tradicionalmente, se considera un derecho irrenunciable; sin embargo, este concepto puede ser cuestionado cuando se ve afectada la integridad y el bienestar de los menores, considerando no solo su calidad de vida, sino también su dimensión emocional. Es fundamental tener en cuenta que el sentimiento de afecto y cuidado por ambos progenitores brinda a los menores seguridad para desarrollarse plenamente.

El análisis de la función notarial en relación con el ejercicio de la fe pública ha sido uno de los aspectos más destacados dentro de las legislaciones. No obstante, las facultades del notario se han visto restringidas en varios ámbitos, especialmente en materia de familia, tradicionalmente reservada a los juzgados. Esta limitación no proviene de una desvalorización del notario, sino de la propia legislación y, en algunos casos, de la función judicial. El notario siempre ha sido considerado un depositario de fe pública, y con el tiempo ha consolidado una serie de atribuciones mediante el ejercicio responsable de sus funciones. Por ello, resulta esencial otorgarle mayores facultades a las ya establecidas (Montero, 2018).

Rodríguez Sánchez (1991) señala que diversas situaciones jurídicas, generadas por las necesidades de quienes requieren servicios notariales, han obligado al notario a expedir documentos con eficacia jurídica sobresaliente, además de autenticidad y veracidad. Muchas de las exigencias actuales en el despacho notarial responden a factores externos, principalmente la necesidad de las personas de realizar actos de manera rápida y eficaz, cumpliendo con las formalidades legales y adaptándose, cuando es necesario, a la voluntad de los intervinientes.

Desde la doctrina jurisprudencial, se ha establecido que la privación de la patria potestad debe basarse en causas graves y demostrables, además de aplicar principios que garanticen el interés superior del menor en todo procedimiento. La patria potestad se concede legalmente para el beneficio de los hijos y requiere que los padres cumplan con sus obligaciones. No obstante, en casos voluntarios, y bajo las formalidades legales correspondientes, el notario puede solemnizar la renuncia voluntaria de la patria potestad, siempre que exista acuerdo entre las partes y se garantice el derecho y bienestar de los menores.

 

Análisis de resultados de las entrevistas realizadas

La entrevista aplicada permitió obtener una visión más clara sobre la patria potestad y su renuncia voluntaria en sede notarial. Las mismas fueron realizadas a diez personas tres notarios, cuatro abogados en libre ejercicio y 3 padres de familia, arrojando los siguientes resultados:

Pregunta 1: Respecto al beneficio de otorgar a los notarios las facultades necesarias para solemnizar la renuncia voluntaria de la patria potestad, todos los entrevistados manifestaron su acuerdo. Destacaron que conferir estas facultades, especialmente en temas de derecho de familia, permitiría procesos judiciales más rápidos y económicos, evitando tiempos innecesarios y otorgando un valor adicional a la función notarial, gracias a la fe pública que poseen los notarios.

Pregunta 2: En cuanto a la protección de los derechos del menor dentro del proceso notarial, la mayoría de los encuestados coincidió en que siempre se debe garantizar la integridad física y emocional de los menores, tomando en cuenta la valoración de profesionales y la supervisión judicial previa. Señalaron que, mientras se salvaguarden estos derechos, la renuncia voluntaria de patria potestad puede tramitarse en sede notarial, sin que ello implique que los padres pierdan sus obligaciones legales ni que los menores dejen de tener derecho a recibirlas.

Pregunta 3: Respecto a la necesidad de una reforma a la normativa ecuatoriana, todos los entrevistados consideraron que es indispensable. Destacaron que las mejoras legislativas tendrían un efecto positivo tanto en la práctica del derecho notarial como en la gestión de asuntos familiares, permitiendo procesos más ágiles y seguros.

Pregunta 4: Sobre la demora en los procedimientos judiciales de renuncia de patria potestad, varios entrevistados señalaron que los trámites judiciales son largos y tediosos. Coincidieron en que otorgar esta facultad al notario aliviaría la carga procesal, haciendo los procedimientos más rápidos, eficaces y con seguridad jurídica. Sin embargo, un pequeño grupo de entrevistados manifestó que la vía judicial proporciona mayor solidez jurídica, indicando que algunos aún perciben al notario como menos seguro para emitir documentos sobre la renuncia de patria potestad en sede notarial.

Los resultados evidenciaron que otorgar a los notarios la facultad de solemnizar la renuncia voluntaria de la patria potestad representa un avance significativo en la eficiencia del sistema legal, particularmente en asuntos de derecho de familia. Esta medida aportaría procesos más rápidos, económicos y menos engorrosos, aprovechando la fe pública conferida al notario. Asimismo, se destacó que, al garantizarse la protección de los derechos de los menores mediante la valoración de profesionales y la supervisión previa, no se compromete su bienestar ni las obligaciones legales de los padres. Se hace necesario realizar una reforma normativa que permita formalizar estas facultades, reconociendo su impacto positivo en la práctica notarial y en la administración de justicia.

Sin embargo, aunque la propuesta es ampliamente respaldada, se deben garantizar mecanismos claros de seguridad jurídica en sede notarial. La ampliación de facultades notariales puede constituir una vía para optimizar los procesos legales y ofrecer mayor accesibilidad y eficiencia, sin afectar los derechos de los menores involucrados.

 

DISCUSIÓN

El análisis de los resultados evidencia la relación y problemática existente entre la patria potestad y su renuncia voluntaria, en especial considerando que, actualmente, la tramitación se realiza principalmente vía judicial. La aplicación de facultades notariales para solemnizar ciertos actos debe basarse en criterios doctrinales y jurisprudenciales sólidos, garantizando una eficacia jurídica plena en la formalización de estos trámites.

La privación de la patria potestad ya sea temporal, definitiva, parcial o total, requiere como condición indispensable la inobservancia grave, constante y peligrosa de los deberes parentales hacia los hijos menores (Jaramillo, 2020). En el caso de la renuncia voluntaria, este requisito no resulta necesario, dado que se realiza con el consentimiento de los padres y bajo salvaguarda del interés superior del menor.

Se observa que la facultad de solemnizar la renuncia de patria potestad no debería ser exclusiva de los jueces, puesto que los notarios, como órganos auxiliares de la función judicial, están investidos de fe pública y poseen la capacitación necesaria para garantizar la legalidad y validez de los actos. Los análisis realizados, así como la opinión de expertos, indican que la intervención notarial no interfiere en las resoluciones judiciales, sino que agiliza los procedimientos y ofrece seguridad jurídica, aunque actualmente esta facultad no esté expresamente reconocida en la normativa ecuatoriana.

El otorgamiento de estas facultades busca cumplir los principios de simplificación y celeridad procesal, consolidando la relevancia de que la renuncia voluntaria de la patria potestad se regule como competencia plena del notario. Esto no solo responde a una necesidad práctica, sino también a una obligación del Estado de garantizar eficiencia y eficacia en los procedimientos legales.

El análisis de doctrina, jurisprudencia y entrevistas permitió comprender los efectos legales y sociales de ampliar las facultades notariales, considerando tanto los principios jurídicos que sustentan la patria potestad como las necesidades de la colectividad (Sánchez, 2018). Es esencial considerar que la Constitución regula la función notarial como parte del servicio público de la Función Judicial, y que los notarios, como profesionales del derecho, deben otorgar fe pública bajo el principio de legalidad. Esto establece un ámbito de competencia definido por la ley, que justifica razonablemente la ampliación de sus facultades (Edquén, 2019).

En esta investigación, los efectos jurídicos notariales frente a la renuncia voluntaria de la patria potestad se analizaron para determinar la eficacia y validez de los actos notariales que afectan la tenencia legal de los hijos menores, ya sea en casos de divorcio o en uniones no formalizadas. El análisis de documentos y entrevistas demuestra que la ampliación de facultades notariales contribuye a la agilidad y efectividad de los procesos, reduciendo trámites judiciales extensos. Esto ha sido confirmado por notarios, expertos en derecho civil y de familia, y por padres que han vivido procedimientos prolongados en la corte, quienes señalan que la intervención notarial permitiría evitar dilaciones innecesarias y simplificar los trámites.

 

CONCLUSIONES

La presente investigación evidencia que la Ley Notarial requiere una reforma que permita a los notarios, investidos de fe pública, solemnizar la renuncia voluntaria de la patria potestad. Esta medida contribuiría a cumplir los principios procesales, descongestionar las unidades judiciales y garantizar celeridad y seguridad jurídica en la formalización de actos que han generado problemáticas legales.

La ampliación de facultades notariales representa un hito significativo para la práctica diaria del notariado, al permitir que actos previamente reservados exclusivamente a los jueces puedan ser realizados por notarios, con la misma validez y eficacia.

La incorporación de estas atribuciones a los notarios responde a la demanda social y a la necesidad de agilizar los procedimientos jurídicos, asegurando que la institución notarial cumpla su función de servicio público eficiente y confiable, satisfaciendo las necesidades jurídicas que surgen cotidianamente en la sociedad.

Finalmente, se concluye que otorgar estas facultades a los notarios no solo fortalece la institución notarial, sino que también optimiza el sistema judicial, al permitir una distribución más equilibrada de competencias entre jueces y notarios, sin comprometer la protección de los derechos de los menores ni la legalidad de los actos.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

AGRADECIMIENTO

A todos los actores sociales involucrados en el desarrollo de la investigación.

 

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