DOI 10.35381/noesisin.v7i1.574

 

Habeas data como dispositivo para rectificar y eliminar datos en el sistema judicial

 

Habeas data as means of rectifying and eliminating data in the judicial system

 

Pablo Danilo González-Guerrero

pablogg33@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0006-0960-2675

 

Wilson Yovanny Merino-Sanchez

direccionpuyo@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-4761-7617

 

Ramiro Nanac Delgado-Rodríguez

pg.docenterdr@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-8374-0386

 

 

Recibido: 15 de abril 2025

Revisado: 15 de mayo 2025

Aprobado: 15 de julio 2025

Publicado: 01 de agosto 2025

 


 

 

RESUMEN

El presente trabajo versó sobre la eficacia de la acción de habeas data para la rectificación y eliminación de datos en el periodo de 2021 en el Sistema Judicial del Cantón, Santo Domingo. Esta acción, reconocida garantía constitucional, permite realizar modificaciones y correcciones en documentos de carácter personal mediante el recurso establecido en la Constitución. El objetivo del artículo fue examinar al hábeas data como mecanismo jurisdiccional adecuado. Participación de 100 abogados litigantes en la zona, que respondieron interrogantes sobre la eficacia del hábeas data, el 70% no lo ve eficaz con relación a 30% que si lo ve eficaz la acción. Asimismo, se revisaron los datos del habeas data en 2021 en Santo Domingo. Los resultados concluyen que, aunque su uso es limitado, constituye un recurso eficaz para garantizar los derechos fundamentales.

 

Descriptores: Hábeas data; acción; cantón; derecho. (Tesauro UNESCO).

 

 

ABSTRACT

This paper focused on the effectiveness of the habeas data action for the rectification and deletion of data during the year 2021 within the Judicial System of the Canton of Santo Domingo. This action, recognized as a constitutional guarantee, allows for modifications and corrections of personal documents through the remedy established in the Constitution. The objective of the article was to examine habeas data as an appropriate jurisdictional mechanism. A total of 100 practicing attorneys in the area participated by answering questions about the effectiveness of habeas data. Of those, 70% did not consider it effective, while 30% did view the action as effective. Additionally, data related to habeas data cases in 2021 in Santo Domingo was reviewed. The results conclude that, although its use is limited, it constitutes an effective remedy to guarantee fundamental rights.

 

Descriptors: Habeas data; action; canton; law. (UNESCO Thesaurus).


 

INTRODUCCIÓN

El hábeas data es la garantía que resguarda los abusos que pueden generarse en la base de datos mediante un procedimiento sencillo, rápido y veraz, con la posibilidad que los datos se actualicen, se rectifiquen, se protejan, se eliminen o se anulen según los casos de estudios en qué verse el hábeas data (Pérez, 2017). En tal sentido, es una acción, una garantía constitucional, un procedimiento jurisdiccional de trámite especial, un recurso protector del derecho a la protección de los datos personales, que se enfrenta al poder registral en relación con dicha información. De ahí que Munar (2018), señale que la acción de hábeas data se rige por el principio de la data, de la información, y el fin que se le pueda dar a esta.

El hábeas data surge en lo que se conoce en la actualidad como los “nuevos derechos y garantías” en las distintas Constituciones en la región de Latinoamérica con la existencia de los derechos de la tercera generación (Pérez, 2017). Así, la primera generación corresponde a las concepciones jurídicas iniciales del Estado moderno; la segunda a los derechos vinculados a la Revolución Industrial; y en la tercera se ubican además de la protección de datos y libertad informática, el derecho a la calidad de vida, a la defensa del ecosistema, y el derecho de los pueblos al desarrollo, al progreso y a la explotación de sus propios recursos.

Cárdenas (2017), sostiene que el hábeas data es un derecho de rango constitucional que establece las pautas de reflexión y análisis para determinar qué derecho se vulnera, correspondiendo al Estado garantizar su protección. Rojas (2019) indica que la protección a la identidad de los ciudadanos debe las experiencias que el individuo se ha desarrollado, con el fin de determinar mediante un análisis adecuado la posible violación del derecho que este puede alegar.

Pucinnelli (1999) afirma que, desde el punto de vista etimológico, hábeas es el equivalente a la segunda persona del presente subjuntivo de habeo, habere, que se entiende: aquí tengas en posesión y data, es el plural de datum, que se refiere a la representación convencional de hechos, conceptos o instrucciones formulados de manera adecuada para la comunicación y procesamiento por medios automáticos.

Eknerkdjian (1995) señala que el hábeas data se construye en dos expresiones que dan origen a un neologismo particular; una nacida del latín (hábeas) y otra de la lengua inglesa (data), formando la expresiónconserva o guarda tus datos”. En este sentido el hábeas data constituye una nueva institución jurídica creada para garantizar, en un Estado de Derecho, la protección, seguridad, exactitud o rectificación, preservación o destrucción justificadas, así como el secreto o privacidad sobre los datos de los ciudadanos.

Pineda (2019) manifiesta que el tratamiento ilegal de la información y su manejo inadecuado deben poseer límites de vigencia y validez, con el fin de actualizar los datos y salvaguardar la dignidad y el honor del ciudadano. Ávila (2008) sostiene que la garantía jurisdiccional que permite el hábeas data puede ser resumirse de la siguiente manera: son los mecanismos que establece la Constitución para prevenir, cesar, enmendar la violación de un derecho reconocido en ella. Sin dichas garantías, los derechos serían meros enunciados líricos sin eficacia jurídica alguna en la realidad.

La importancia del hábeas data parte del hecho que se encuentra consagrada en la Constitución y no en leyes secundarias, lo que resalta su valor frente a la violación de los datos personales de un ciudadano o grupo de ciudadanos los cuales serán protegidos en caso de que alguien atente contra ellos. El hábeas data es garantizar al ciudadano la seguridad mediante bases de datos seguras.

El derecho de rectificación de datos personales se fundamenta en la obligación de rectificar o corregir la información siempre que esta sea falsa, errónea o inexacta, que vulneren derechos constitucionales. En tal sentido, en el año 2008 con la entrada en vigor de la nueva Constitución, la organización de la función judicial fue modificada, siendo que el Consejo Nacional de la Judicatura se establece como el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la función judicial, según el artículo 178 de la Constitución, y entre las competencias que le faculta la misma Constitución, en el artículo 181, se encuentra definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y la modernización del sistema judicial.

El nacimiento del hábeas data en el Ecuador surge de la necesidad de ofrecer a los ciudadanos un recurso jurisdiccional constitucional garantizando acceder a información de carácter individual una vez que la misma ha sido negada, con la finalidad de hacer modificaciones o eliminar datos. De ahí la importancia de proteger los datos personales, recogida por la misma jurisprudencia e incorporada a la Constitución, considerando los datos personales como otro de los derechos fundamentales (Valarezo, 2019).

Los avances tecnológicos han permitido de forma masiva que los datos personales, colocando en riesgo a los ciudadanos y exponiendo a posibles daños sus derechos fundamentales, en ese sentido la importancia de contar con un recurso de protección a los datos personales, siendo que el ejercicio de las libertades individuales que conllevan a una interrelación permanente. Santillán (2019), menciona la transparencia en el ejercicio de la administración pública se observa en una eficiente y efectiva aplicación de procesos de carácter documental, asegurando que la información pública sea conservada y recuperada para el beneficio de los ciudadanos. Es importante en ese sentido, que la acción del hábeas data sea diligente por ser un recurso de un derecho fundamental establecido en la carta magna.

En ese orden de ideas, el presente artículo estudió la eficacia del espíritu modernizador del servicio de justicia en el Cantón de Santo Domingo en el período del año 2021 orientado al acceso de los usuarios a la justicia y a la conservación de los datos públicos. Sin olvidar que el avance de la tecnología y la transformación digital ha generado una nueva vulnerabilidad en la tramitación electrónica, lo que puede afectar a los ciudadanos si no existe una atención eficaz del recurso.

En el Ecuador se reconoce la garantía jurisdiccional del hábeas data en los albores del año 1979, ya para el año 1996 se hacen unas reformas y se pública en el Registro Oficial número 969 del 18 de junio de 1996, dando origen a esta institución en el ordenamiento jurídico, para el año 1998 en el Registro Oficial número uno, se expide la décimo novena Constitución del Ecuador, recogiendo el hábeas data en su artículo 94: Toda persona tendrá derecho a acceder a los documentos, bancos de datos e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, así como a conocer el uso que se haga d ellos y su propósito (…)

La Constitución de 2008, se adapta a la era digital en las se encuentra la humanidad, donde ya no es suficiente acceder a las bases de datos, sino también a otros mecanismos tecnológicos donde se puede comprometer la información del ciudadano. En tal sentido la Constitución incorpora otros mecanismos que facilitan la garantía jurisdiccional (Santillán, 2019).

Con la voracidad de un mundo globalizado, se exige una respuesta inmediata y regulaciones legales que aseguren un acceso transparente y seguro a la información de carácter personal que consta en instituciones públicas o privadas. Por ello, el hábeas data, es una garantía jurisdiccional, que, en los escenarios ecuatorianos, se desconoce el alcance de la aplicación de esta y la integridad de derechos fundamentales que importa a la información personal, el honor y buen nombre (Naranjo, 2021).

Es oportuno señalar que la acción de hábeas data requiere una eficacia prioritaria ya que la información personal representa un aspecto sensible para el ciudadano. En este marco, el presente artículo estudió dicha eficacia en el Sistema Judicial en el Cantón de Santo Domingo en el periodo de 2021, planteando la interrogante si la acción de hábeas data es efectiva como garantía jurisdiccional, capaz de tutelar los derechos fundamentales.

 

MÉTODO

La investigación parte del análisis de la eficacia del hábeas data como acción destinada a incorporar, modificar o eliminar los datos personales de los ciudadanos en el Sistema Judicial en el cantón Santo Domingo durante el año 2021. Para ello se empleó una metodología de carácter cualitativo con in enfoque jurídico, descriptivo y documental. El trabajo se sustentó en una encuesta aplicada a una muestra de 100 ciudadanos y abogados de la zona, con el objetiv0 de recabar percepciones y experiencias sobre los casos de hábeas data registrados en dicho periodo.

Hernández (2014) e Isea Argüelles (2025) sostiene que el método cualitativo parte de la recolección y análisis de los datos para determinar las preguntas de que surgen en la investigación o revelar nuevos hallazgos o interrogantes en el mismo proceso para su interpretación.

La investigación de tipo documental se realizó haciendo uso de la técnica de la observación y análisis crítico de libros y jurisprudencia emitida por la Corte Constitucional de Ecuador con la finalidad de extraer datos dirigido a la recolección de información del Sistema Judicial en el Cantón en el periodo del 2021.

En la investigación se incorporó la hermenéutica jurídica, como herramienta metodológica para la comprensión de las normas y documentos jurídicos Según afirma Hernández (2019), la hermenéutica es la interpretación del derecho, de la norma jurídica, y se encuentra en la filosofía propia del mismo derecho. Esto permite realizar una construcción de la acción del hábeas data y su eficacia durante el periodo del año 2021 en el Sistema Judicial Cantón, Santo Domingo junto con la encuesta para determinar dicha eficacia de dicha acción en específico.

Se realizó una encuesta con las siguientes preguntas, ¿la acción de hábeas data es eficaz en el Sistema en el Cantón, Santo Domingo para la eliminación y rectificación de dato? O ¿no es eficaz la acción de hábeas data en el Cantón, Santo Domingo? ¿Reconoce el hábeas data cómo una garantía constitucional? ¿Ha recurrido al hábeas data? ¿Conoce casos de hábeas data en el Cantón, Santo Domingo en el periodo 2021? ¿Hay tardanza procesal en la acción hábeas data? ¿No hay tardanza procesal en la acción hábeas data?

 

RESULTADOS

El instrumento aplicado fue una encuesta a cien personas de profesión abogados, como profesionales que conocen la acción del hábeas data y su eficacia, así como la tardanza procesal del hábeas data o no del recurso, la muestra es una representación de los abogados litigantes y asesores en la zona, respondieron a las interrogantes, afirmativa o negativa. Se procedió a la recolección, tabulación y elaboración de resultados, así como su análisis (Tabla 1).

 

Tabla 1.

 

Preguntas:

Cantidad

PORCENTAJE

¿Es eficaz la acción hábeas data en el Cantón Santo Domingo para la eliminación y rectificación de datos?

30

30

¿No es eficaz la acción de hábeas data?

70

70

TOTAL

100

100

 

Elaboración: Los autores.

 

La muestra de cien personas, abogados que hacen vida en la zona del Cantón, Santo Domingo, se les hizo dos preguntas concretas, en base a la interrogante si era eficaz o no la acción de hábeas data, arrojando el siguiente resultado, 30% señalan que la acción del hábeas data es eficaz y el 70% que no es eficaz.

 

Tabla 2.

 

Preguntas:

Cantidad

PORCENTAJE

¿Reconoce el habeas data como una garantía constitucional?

85

85

¿Ha recurrido al hábeas data?

15

15

 

Elaboración: Los autores.

 

En la tabla 2 se les hizo a los encuestados si reconocen la acción de hábeas data como una garantía constitucional y si ha realizado la acción de hábeas data. En base a la interrogante si reconocen la acción de hábeas data como una garantía constitucional y si ha realizado la acción de hábeas data, arrojaron el siguiente resultado, 85% señalan que reconocen la acción de hábeas data y el 15% que había recurrido al hábeas data como recurso.

 

Tabla 3.

 

Preguntas:

Cantidad

PORCENTAJE

¿Hay tardanza procesal en la acción hábeas data?

73

73

¿No hay tardanza procesal en la acción de hábeas data?

27

27

 

Elaboración: Los autores.

 

En la tabla 3 se les hizo a los encuestados las preguntas si había tardanza procesal en la acción de hábeas data. En base a ello, arrojaron el siguiente resultado, 73% señalan que si existe tardanza en la acción de hábeas data y el 23% que no hay tardanza en la acción.

De igual forma se acota que en el período del año 2021 se tramitó una acción de hábeas data de fecha 28 de julio, registrada la causa bajo la nomenclatura 91-21-JD.

Ahora bien, en la praxis existe otro enfoque, al ser una acción que no ha sido utilizada jurídicamente, las excepciones a las cuales se recurre a la misma poseen una práctica opuesta, al solicitar datos o documentos para ser presentados como prueba documental en el proceso de un juicio.

En tal virtud, es importante considerar que el derecho de hábeas data otorga decidir el tipo de información que se autoriza para la publicación, sin afectar los derechos y garantizar la información de los ciudadanos.

 

DISCUSIÓN

El presente artículo científico tuvo la finalidad de determinar la eficacia del hábeas data en la rectificación, eliminación de datos personales del Sistema Judicial en el Cantón Santo Domingo en el período 2021.

La Constitución de la República de Ecuador establece que la acción constitucional de hábeas data es una garantía para conocer y tener el acceso a los datos de los ciudadanos, específicamente lo relacionados a los genéticos, bancos y los archivos de los datos personales que consten en entidades públicos o privadas.

Valarezo (2019), afirma que la acción de hábeas data se relaciona con el avance y desarrollo de carácter tecnológico, siendo que el mismo permite una nueva difusión de los datos y su acceso. Aparte de ello, se encuentra en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Artículo 49: Objeto. La acción de hábeas data tiene por objeto garantizar judicialmente a toda persona el acceso a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre misma, o sobre sus bienes, estén en poder de entidades públicas o de personas naturales o jurídicas privadas, en soporte material o electrónico. Asimismo, toda persona tiene derecho a conocer el uso que se haga de dicha información, su finalidad, el origen y destino, y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.

En ese orden de ideas, tanto en sector público como el privado y los registros que ya están sistematizados, poseen a la mano datos que podrían ser divulgados o pueden ocasionar daños personales como patrimoniales. Hay que tomar en cuenta que el hábeas data es una garantía creada con la finalidad de proteger los datos personales, y de ejercer esta garantía jurisdiccional, basada en el derecho que poseen los ciudadanos en que la información sea precisa, de ahí que, si la misma es incoherente o se encuentre vulnerando algún derecho, la vía para solicitar su reparo y freno sea la garantía en cuestión.

Murillo (2011), indica que el hábeas data se concreta la protección de la información y de los datos de carácter personal a través de la tutela del derecho a la autodeterminación informativa o libertad informática que se concibe como una garantía de un derecho fundamental, requisito para otras libertades.

Pérez (2017), sostiene que el hábeas data es una acción dirigida a conocer, acceder, rectificar, suprimir y prohibir la divulgación de determinados datos personales, sea porque han sido indebidamente procesados o porque se pretenda hacer de ellos al margen que pudiera legitimar su registro.

Naranjo (2017), sostiene que la acción de hábeas data, es un mecanismo a la protección inherente del ser humano. Por tal motivo la atención a la acción no adecuada o no atendida a tiempo pudiera generar un perjuicio extraordinario al ciudadano, afectando la dignidad, la honra, la intimidad y todo lo relacionado a la protección de la intimidad y libertad.

En ese orden de ideas, Guerrero (2020), manifiesta que el derecho a eliminar la información no debe ser restringido a casos específicos de la información que pudiera ser sensible. De ahí que Constitución de la República del Ecuador, señala en su artículo 92:

Artículo 92: Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, banco o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.

En concordancia con el artículo supra está la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en su artículo 50 señala los casos en los que se puede interponer la acción de hábeas data:

1.     Cuando se niega el acceso a los documentos, datos genéricos, bancos o archivos de datos personales e informes que consten en entidades públicas o estén en poder de personas naturales o jurídicas privadas.

2.     Cuando se niega la solicitud de actualización, rectificación, eliminación o anulación de datos que fueren erróneos o afecten sus derechos.

3.     Cuando se da un uso de la información personal que viole un derecho constitucional, sin autorización expresa, salvo cuando exista orden de jueza o juez competente.

El hábeas data posee el fundamento al derecho a la protección de datos de carácter personal. La acción de hábeas data es una figura jurídica para la protección de los datos personales que se basa en el derecho de los ciudadanos en su derecho que la información sea exacta. De ahí la importancia que la legitimación activa como garantía jurisdiccional.

Para el presente artículo científico se realizó una encuesta para obtener la información sobre la acción de hábeas data y su eficacia para la rectificación, eliminación de datos personales del Sistema Judicial en el Cantón, Santo Domingo 2021, la población y muestra finita es cien ciudadanos de profesión abogados de la zona.

Lucero (2011), señala que la población es un conjunto de todos los elementos que están definidos claramente antes de la selección de cualquier muestra. De igual forma, Arias (2006) indica que la población finita como agrupación es la que se determina la cantidad de unidades para el objeto de estudio.

Balestrini (2005), manifiesta que la muestra es parte de la población, un número considerable de individuos u objetos que han sido seleccionados. De allí la importancia que estos elementos muestren lo suficiente a la representación de la población.

Lucero (2011), señala que la población es un conjunto de todos los elementos que están definidos claramente antes de la selección de cualquier muestra. De igual forma, Arias (2006) indica que la población finita como agrupación es la que se determina la cantidad de unidades para el objeto de estudio.

Balestrini (2005), manifiesta que la muestra es parte de la población, un número considerable de individuos u objetos que han sido seleccionados. De allí la importancia que estos elementos muestren lo suficiente a la representación de la población.

Bazán (2005) sostiene que el hábeas data es una acción protectora del derecho de los datos personales, ante los excesos del poder de registro de información. En tal sentido, el hábeas data es una garantía constitucional establecida en el artículo 92 de la Constitución de la República del Ecuador, que protege el derecho a la intimidad de los ciudadanos, de igual forma lo establece los tratados internacionales firmadas por la República.

En el período de 2021 en el Sistema Judicial en el Cantón, Santo Domingo no conocieron una acción de hábeas data que solicite la eliminación de datos del Sistema, se deduce el desconocimiento de la aplicación de la norma constitucional o simplemente no hubo acción correspondiente a ese lapso, no obstante, el resultado de la encuesta se señala la poca eficacia por parte de los consultados.

Caicedo (2019) afirma que el hábeas data es un derecho de solicitud al juez para la supresión de los datos de carácter personal por medios digitales que no sean necesarios en relación con el fin por el cual fueron tomados o recogidos.

Naranjo (2021) indica que existe un problema en la diferenciación entre lo que se comprende como documento, archivo, dato, banco de datos e información, en el sentido que no es solo jurídico, sino que corresponde a otros campos o áreas, y que en el marco del derecho constitucional se encuentra protegido por la acción de hábeas data.

Lo adecuado de la acción de hábeas data supone que debe ser de carácter preventivo y control a la exposición de los datos de los ciudadanos, la acción se aplica cuando existe la vulneración al acceso de información y su derecho al acceso.

La acción de hábeas data es un derecho a la protección de los datos de carácter personal, regresando al inicio del presente artículo, la Constitución señala que este derecho implica que los ciudadanos pueden acceder a la información que tenga relación con los datos y que se puedan tomar decisiones sobre esa información en concreto.

La Corte Constitucional mediante sentencia No. 1869-13EP/20 establece que “el objeto del hábeas data es aquella relacionada con datos personales y/o informes sobre una persona o sobre sus bienes, que reposen e instituciones públicas o privadas, en soporte material o electrónico”.

 

CONCLUSIONES

La muestra de los encuestados permitió analizar la percepción sobre el hábeas data como mecanismo idóneo para la eliminación de datos. Los resultados evidencian que si bien esta acción constituye una garantía jurisdiccional de protección reconocida en el ordenamiento jurídico el 70% de los encuestados participantes la consideran ineficaz en la práctica. Asimismo, el 85% de los encuestados reconocen que la acción de hábeas data es una garantía, pero estos mismos encuestados señalan mediante la pregunta que si han utilizado la acción, arrojó que el 15% lo ha hecho. En consecuencia, se observa una brecha significativa entre el conocimiento y la acción.

En la tercera pregunta relacionada con la tardanza procesal como respuesta a la acción del hábeas data, el 73% señalan que existe una tardanza procesal y el 27% señalan que no existe tardanza procesal. A pesar que la acción es una garantía de protección, su utilización es prácticamente nula, en tal sentido su tramitación es poco frecuente.

Por medio de las preguntas que se hicieron hay un reconocimiento de la acción de hábeas data, pero pocos abogados recurren a ella a pesar de que se encuentra establecida en el ordenamiento jurídico, se deduce que la tardanza procesal en la acción la hace eficaz en el tiempo para los litigantes en la zona del Cantón, Santo Domingo. En tal sentido, la apreciación de estos profesionales se cotejó con los casos que hubo en el año 2021 en la zona estudiada.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTOS

A todos los actores sociales involucrados en el desarrollo de la investigación.

REFERENCIAS CONSULTADAS

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